Guillermo Ramírez Fernández
Con el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, se posibilitó a los ciudadanos extranjeros con familiares comunitarios solicitar su regularización en España de forma temporal o permanente. El plazo para su concesión se dispuso en tres meses, sin contemplarse nada acerca del silencio administrativo y su sentido. El Tribunal Supremo ha sentado recientemente jurisprudencia al respecto, no obstante lo cual sus planteamientos pueden estar chocando frontalmente con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.