Una reciente modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ha impuesto el deber de instalar alcoholímetros antiarranque en ciertos vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros. En este trabajo se expone lo que son jurídicamente estos alcoholímetros, su funcionamiento, su relación con la legislación europea sobre homologación de vehículos y el respaldo sancionador de dicho deber. A partir de ahí, se estudian y ponen de manifiesto dos cuestiones. En primer lugar, la necesidad de que ese deber se complete con una regulación de las características metrológicas de este instrumento de medida y de otros aspectos vinculados con su instalación y uso. En segundo lugar, la imposibilidad de aplicar a los alcoholímetros antiarranque la vigente reglamentación metrológica sobre etilómetros, a pesar de su conexión conceptual.