Este artículo examina el privilegio de cobro de la Administración Pública en los concursos de acreedores, abordando la prohibición de iniciar nuevas ejecuciones y la suspensión de las existentes. Se analiza la competencia del juez, la posibilidad de levantamiento del embargo y sus excepciones, y el carácter no necesario de los bienes para la actividad empresarial, con límites temporales. Se explora la modificación del carácter necesario de los bienes, límites temporales para la continuidad de las ejecuciones, y el privilegio de cobro de las Administraciones Públicas en este contexto legal.