Ana López Wiesenthal
Tras un año de vigencia de la ley, podemos afirmar que se ha producido un aumento de solicitudes de nulidad aparejadas, prácticamente por defecto, a las impugnaciones de despido. No obstante, y para serenidad de muchos, algunos tribunales superiores de justicia no han declarado automáticamente la nulidad. A la espera de la decisión final del Tribunal Supremo, recomendamos decirle adiós a las cartas de despido genéricas y vagas, máxima cautela, negociación y armamento probatorio.