Brian Buchhalter Montero
La prisión permanente revisable se cuenta entre las instituciones más espinosas que conoce el Derecho penal vigente. Su declarada constitucionalidad (STC 169/2021, de 6 de octubre) no ha amainado la crítica. En las siguientes líneas se examina lo positivo y necesario que supone la previsión e imposición de la prisión permanente revisable. Es expresión de un Estado fuerte, preocupado por tutelar el libre desarrollo de la personalidad, garantizando la paz social.