A raíz de la Sentencia n.o 258/2023 del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en la que se fija el criterio numérico para determinar la existencia de usura en los contratos revolving, se realiza un análisis crítico de la resolución, incidiendo en la forma equivocada en que —a criterio del autor— el alto tribunal acoge el marco referencial como fundamento o soporte jurídico para resolver la controversia con criterio objetivo. A su vez, se va a referir el nuevo escenario judicial, así como las cuestiones pendientes de resolver con carácter definitivo en relación a la contratación revolving y el estudio de la superación del doble filtro del control de incorporación de transparencia y transparencia material.