Rubén López Fernández
La prestación por desempleo ha sido ligeramente modificada por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Dicha modificación ha consistido en incrementar el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora, del 50 al 60%, a partir del día 181º del derecho al percibo. Tomando esto como excusa, el presente artículo se propone exponer además algunos de los pronunciamientos judiciales más recientes que, a juicio de quien escribe, han destacado bien por su repercusión bien por lo rebuscado de los supuestos sobre los que han tenido que resolver. Así, se aborda la inclusión del personal doméstico en el ámbito subjetivo de la protección por desempleo vía RD-Ley 16/2022. Se analizan dos pronunciamientos que han venido a decidir sobre cómo debe articularse la prestación con distintos tipos de excedencia, a saber, la forzosa por cuidado de hijo y la voluntaria cuando la empresa incumple sus obligaciones relativas al reingreso del trabajador. También es objeto de análisis el tratamiento dispensado a los contratos fijo-discontinuo y a tiempo parcial con “jornada concentrada”, en lo que a los períodos de inactividad se refiere. Y, por último, se comenta la reciente sentencia del TS que ha tenido que resolver sobre la extensión o no de la ficción cotizatoria por parto al subsidio por desempleo para mayores de 52 años.