Alexandra Lozano Echle
Desde 2020 han sido algunos Juzgados de lo Social los que empezaron a incluir en sus sentencias de primera instancia, la condena a las empresas al pago de una indemnización adicional a la legalmente establecida para los despidos improcedentes en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores basándose en derechos previstos en el marco de la normativa internacional.