Cádiz, España
En este trabajo se estudia el valor probatorio de las declaraciones de los testigos prestadas sin contradicción en la fase de instrucción del proceso penal a la luz de la STJUE de 8 de diciembre de 2022 (asunto C‐348/21), de la legislación aplicable y de la jurisprudencia del TJUE, del TEDH, del TC y del TS al respecto. Finalmente, se insta a nuestros tribunales a que realicen una interpretación más favorable al reo de lo dispuesto en el art. 730.1º LECrim y se propone una modificación de la redacción de dicho artículo en caso de una futura reforma de esta norma.
This paper studies the evidentiary value of uncontradicted witness statements in the pre‐trial phase of criminal proceedings in light of the STJUE of December 8, 2022 (Case C‐348/21), of the applicable legislation and the jurisprudence of the CJEU, the ECHR, the TC and the TS in this regard. Finally, our courts are urged to make a more favorable interpretation of the provisions of art. 730.1 LECrim and a modification of the wording of this article is proposed in the event of a future reform of this regulation.