Una cláusula de un contrato de prestación de servicios jurídicos celebrado entre un abogado y un consumidor que fija el precio de esos servicios según el principio de la tarifa por hora, sin incluir más precisiones, no responde a la exigencia de redacción clara y comprensible. El juez nacional puede restablecer la situación en la que se habría encontrado el consumidor de no existir la cláusula abusiva incluso si ello da lugar a que el profesional no perciba remuneración por sus servicios.