Este artículo aborda los últimos avances en la determinación de la legislación de Seguridad Social aplicable al teletrabajador internacional interactivo postpandémico, deteniéndose también en la situación de los nómadas digitales. La ausencia de normativa ad-hoc se ha intentado solventar en la UE con Notas Orientativas de la Comisión Administrativa, como la nº 125/2022, que facilitan las decisiones empresariales mediante la reinterpretación de las normas de conflicto que exceptúan la regla general o la lex loci laboris: la de desplazamiento, la multi-Estado o los propios acuerdos entre Estados miembros. Frente a estas soluciones no normativas de urgencia, el artículo aboga por una reinterpretación de la lex loci laboris que vincule al teletrabajo interactivo, por regla general, a la ley del Estado sonde se ubica el empleador.
This article discusses recent developments in determining the social security legislation applicable to the post-pandemic interactive international teleworker, with a focus also on the situation of digital nomads. The absence of adhoc legislation has been addressed in the EU by Administrative Commission Guidance Notes, such as No 125/2022, which facilitate business decisions by reinterpreting conflict rules that derogate from the general rule or the lex loci laboris: posting, multi-state or even Member State ad-hoc agreements. Incontrast to these non-regulatory emergency solutions, the article argues for a reinterpretation of the lex loci laboris linking interactive telework, as a general rule, to the law of the State where the employer is located.