José María Asencio Gallego
El acusado, en tanto parte pasiva del proceso penal, es el titular del derecho de defensa reconocido en el artículo 24 de la Constitución España. Éste, a su vez, engloba otros derechos, entre los que destacan, por su importancia, el derecho al silencio y el derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. Se trata, por tanto, de dos derechos diferentes, cuyo ejercicio por el acusado implica conductas distintas. Además, el primero de ellos, desde su consagración, ha generado un debate doctrinal y jurisprudencial que, con el paso de los años, continúa sin estar resuelto. La cuestión estriba en determinar si el acusado en el proceso penal tiene derecho a mentir o si, por el contrario, de su declaración mendaz pueden derivarse consecuenciasperjudiciales para él en el seno del proceso.
The accused, as a passive party in criminal proceedings, is the holder of the right of defence recognised in Article 24 of the Spanish Constitution. This, in turn, encompasses other rights, including, for its importance, the right to remain silent and the right not to testify against oneself and not to confess guilty. These are therefore two different rights, the exercise of which by the defendant entails different conducts. Moreover, the first of them, since its enshrinement, has generated a doctrinal and jurisprudential debate that, over the years, continues unresolved. The question is whether the accused in criminal proceedings has the right to lie or, on the contrary, from his or her mendacious statement can lead to harmful consequences for him in the proceedings.