Ley 26/2022, de 19 de diciembre (BOE 20-12-2022) La Ley 26/2022, de 19 de diciembre modifica el art. 7 de la LIVA en relación a las operaciones no sujetas al IVA; extiende los beneficios fiscales del art. 45.I.A).a) del TRITPyAJD a los administradores de las infraestructuras ferroviarias; la DA 4ª hace extensibles los beneficios fiscales aplicables a los acontecimientos de excepcional interés púbico, a la XXXVII Copa América Barcelona; e incluye modificaciones en el ámbito de tasas y cánones ferroviarios.