Pedro A. Martínez García
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido unas bases jurídicas para el control judicial de las cláusulas bancarias abusivas. Este control se fundamenta en un triple criterio: abusividad, transparencia y contenido. Por su parte, el Tribunal Supremo ha acogido estos criterios de control judicial, con el fin de garantizar la protección de los usuarios de servicios financieros. Estas bases establecen que los jueces deben examinar la abusividad, el contenido y la transparencia de las cláusulas bancarias, así como también los principios generales del derecho y los principios de buena fe y equilibrio contractual. En el presente artículo veremos cuál es el estado actual del criterio judicial sobre este triple control a la hora de analizar la abusividad de las cláusulas en los contratos bancarios suscritos con consumidores y no consumidores.