Leioa, España
El objeto de estas páginas es poner de relieve que buena parte de los desacuerdos decisorios no son tales, sino desacuerdos profundos que tienen que ver con uno de los pilares los fundamentos de los Estados de Derecho contemporáneos (democráticos y constitucionales), como son el sometimiento a la ley de los órganos de aplicación, independientemente de la justicia de la norma o de su aplicación al caso concreto. En primer lugar, analizaré el concepto de desacuerdos en derecho, distinguiendo entre desacuerdos teóricos, interpretativos, decisorios y axiológicos. En segundo lugar, me centraré en los desacuerdos decisorios para mostrar que algunos de ellos no son tales. Se trata de aquellos basados en diferentes argumentos como son: a) la existencia de un desacuerdo interpretativo espurio, b) el argumento basado en los principios y c) el argumento de la derrotabilidad de las normas. Estos argumentos son un intento de justificar la discrepancia del juez sobre la justicia de la norma o de su aplicación al caso concreto, lo que excede la tarea encomendada a los jueces y cuestiona uno de los pilares de los Estados constitucionales: el sometimiento de las decisiones judiciales a las fuentes del derecho.
The purpose of these pages is to highlight the fact that many of the decisional disagreements are not such, but rather profound disagreements that have to do with one of the pillars of the foundations of the contemporary rule of law (democratic and constitutional), such as the submission to the law of judicial adjudication, regardless of the justice of the rule or of its application to the specific case. First, I will analyze the concept of disagreements in law, distinguishing between theoretical, interpretative, decisional and axiological disagreements. Secondly, I will focus on decisional disagreements to show that some of them are not such. These are those based on different arguments such as: a) the existence of a spurious interpretative disagreement, b) the argument based on principles and c) the argument of the defeseability of norms. These arguments are an attempt to justify the judge's disagreement on the justice of the rule or its application to the specific case, which exceeds the task entrusted to judges and questions one of the pillars of constitutional states: the submission of judicial decisions to the sources of law.