Santiago, Chile
El presente artículo revisa la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso Jibia desde varios puntos de vista: (i) la naturaleza de un requerimiento de inaplicabilidad y los efectos generales o perjudiciales que puede aparejar en relación a terceros ajenos a la gestión pendiente; (ii) las autorizaciones de pesca y la aplicación de la ley en el tiempo; (iii) ¿Se ataca una actuación administrativa o en realidad atacar al legislador?; y (iv) la congruencia entre la gestión pendiente y el requerimiento de inaplicabilidad. Se sostiene que el efecto relativo de un contencioso de inaplicabilidad es más bien teórico, requiriéndose regular o resguardar los intereses de terceros y que en muchos casos la acción ejercida ante el Tribunal Constitucional es en realidad un control abstracto de constitucionalidad dirigido al legislador, bajo el ropaje de atacar a la administración, que constituye en sí mismo el benef icio jurídico al que aspira el litigante, desvinculado de la gestión pendiente.