En los últimos años, cabos y bomberos de los servicios de extinción de incendios de las entidades locales han venido reivindicando su reclasificación, al albur de que otras entidades locales, incluso de la misma Comunidad Autónoma, así lo han hecho. En este artículo se pretende aclarar cuáles son los límites legales aplicables a la cuestión, y la diferente regulación que, sobre la materia han aprobado las Comunidades Autónomas y que han propiciado diferentes respuestas a la misma cuestión.