La Audiencia Provincial de Pontevedra ha planteado tres cuestiones prejudiciales al Tribunal de Luxemburgo sobre la interpretación del art. 25 del Reglamento 1215/2012. Estas cuestiones permitirán a este Tribunal pronunciarse sobre las relaciones entre dicho Reglamento y la Ley de Navegación Marítima y, en concreto, sobre la eficacia frente a terceros de las cláusulas de elección de tribunal incluidas en conocimientos de embarque. A nuestro juicio, probablemente el Tribunal de Justicia confirmará que pueden oponerse a los terceros tenedores del conocimiento las cláusulas de elección de foro incluidas en el conocimiento si este tercero sucede al cargador en todos sus derechos y obligaciones, sin necesidad de que hayan sido negociadas individualmente con dicho tercero, tal como se deriva de la doctrina del Tribunal de Luxemburgo; y sin que pueda imponerse esta negociación individualizada que resulta de lo previsto en los arts. 251 y 468 de la Ley de Navegación Marítima.