La desproporción existente entre las consecuencias penológicas que se derivarían de calificar los supuestos consistentes en la fraudulenta e indebida obtención de devoluciones, bien como estafa o bien como un delito fiscal, hace necesario efectuar una profunda reflexión que permita buscar la respuesta más adecuada y que dé una solución integradora de la doctrina científica y de la jurisprudencia.