Juan José Sánchez Ondal
Partiendo de la admisión de la vía de apremio entre Administraciones públicas, se examina el tema de la compensación de créditos y deudas entre ellas; la diferencia con la deducción de transferencias y la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, en particular, sobre la improcedencia de compensación de los recargos del procedimiento de apremio en las deudas previamente providenciadas de apremio; jurisprudencia con la que discrepamos.