Vicente Hernández Sánchez
El presente artículo tiene por objeto poner de manifiesto, en el ámbito de las entidades locales, que los procesos de funcionarización que se han venido realizando al amparo de la legislación anterior a la aprobación del EBEP, a día de hoy parece que pudieran ser incompatibles con la legalidad y asimismo, que la nueva norma no contempla dichos procesos de funcionarización como tales, sino exclusivamente en su DT 2ª una promoción interna horizontal y cruzada, de difícil aplicación. Pese a ello, siguen llevándose a cabo por las entidades locales procesos de funcionarización, por lo que se hace necesario que el Estado legislador clarifique la confusión que él mismo creó.