José María Martínez de Pisón Cavero
Los textos internacionales sobre derechos humanos no establecen derechos específicos para las personas LGBTIQ. Sin embargo, su situación como colectivo es muy especial, pues están sometidos a actos de violencia, exclusión y discriminación. Por eso, los tribunales internacionales -el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos- han realizado una labor de construcción a través de su doctrina jurisprudencial de un derecho específico para las personas LGBTIQ: el derecho a la orientación sexual y la identidad de género.