El Tribunal de Justicia declara que la excepción de copia privada se aplica a las copias de obras en un servidor en el que el proveedor de un servicio de computación en la nube pone un espacio de almacenamiento a disposición de un usuario. No obstante, los Estados miembros no tienen la obligación de someter a los proveedores de servicios de almacenamiento en la nube al pago de una compensación equitativa por dicha excepción, siempre que se prevea de otra manera el pago de una compensación equitativa en favor de los titulares de derechos. Apreciación del Tribunal de Justicia