David Martínez Saldaña
La sucesión de empresa de la Directiva 2001/23 CE, traspuesta en España en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, es una institución que, en esencia, tiene por objeto proteger los derechos de los trabajadores, asegurando que, cuando se transmite una empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma, los trabajadores sean subrogados y exista una responsabilidad solidaria, laboral y de seguridad social por las obligaciones devengadas antes de la transmisión. Los imparables cambios e irrupciones que se están produciendo en el concepto de empresa, que está basculando de un concepto tradicionalmente basado en los bienes materiales y la maquinaria a un concepto intensivo en componentes inmateriales y digitales (clientela, algoritmos, aplicaciones informáticas, software, inteligencia artificial, etc.), están provocando una profunda transformación en lo que debe entenderse por una empresa. En la medida en que el concepto de empresa está cambiando, se modifica, igualmente, el concepto de sucesión. Este trabajo tiene por objeto analizar el criterio jurisprudencial sobre el “valor de los medios inmateriales antes de la transmisión”.
The transfer of undertakings rules under Directive 2001/23/EC, implemen ted in Spain through article 44 of the Statute of Workers, essentially aim to protect employees’ rights by ensuring that when undertakings, businesses or parts of undertakings are transferred (i) the employees are taken on by the transferee; and (ii) the transferor and transferee are jointly and severally liable for the labour and social security liabilities that accrued up until the point of the transfer. Inexorable change is transforming the traditional concept of an undertaking from one based on tangible assets and machinery to a new one in which intangible and digital assets (clients, algorithms, apps, software and AI, etc.) feature heavily. This is in turn provoking a significant shift in the concept of a transfer of undertakings. This article analyses the criteria used in the case law on the “value of intangible assets at the time of transfer”.