César Enrique Olmedo Piña
Para nadie es una novedad que la concepción del derecho en nuestro tiempo, —con todo y el paso sin piedad de una contingencia sanitaria mundial—, se encuentra profundamente marcada por el lenguaje de los derechos y las grandes perspectivas iusfilosóficas detrás de ellos.
Con esa línea, son cada vez más los estudios que analizan los derechos humanos, pero en su aplicación concreta y resolutiva, es decir, en las sentencias constitucionales de los diversos tribunales de occidente. No es de extrañar, por tanto, que dediquemos unas breves líneas a la exposición de un caso resuelto en agosto de 2020 por la Cámara Civil del Poder Judicial de la Nación, en Buenos Aires, Argentina, sobre el llamado “derecho al olvido”.