La práctica forense en los tribunales del orden social viene regida por una significativa especialidad procesal que se traduce en la existencia de un notable número de procedimientos especiales, más allá del proceso ordinario. Pese a que el espíritu del legislador fue tratar de evitar las dilaciones debidas a una inadecuada elección de la modalidad procesal oportuna, no son pocas las ocasiones en las que pese a los esfuerzos de los órganos de lo social, dicho espíritu, no puede ser observado.
Forensic practice in the social courts is governed by a significant procedural specialty. This implies the existence of an im portant number of special procedures, beyond the ordinary process. Although the aim of the legislator was to avoid delays due to an inadequate choice of the appropriate procedural modality, there are more than a few occasions in which, despite the efforts of the social courts, this spirit cannot be observed.