Raquel Vela Díaz
El presente trabajo analiza la nueva regulación de los contratos formativos tras la reforma laboral operada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, que con la reformulación del art. 11 del Estatuto de los Trabajadores pasan a ser, formalmente, uno sólo (contrato formativo), aunque atendiendo a una doble ordenación: por un lado, el contrato de formación en alternancia, que viene a sustituir el anterior contrato para la formación y el aprendizaje; y por otro lado, el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de los estudios, que sustituye al anterior contrato en prácticas.
This article analyzes the new regulation of training contracts after the labor reform operated by Royal Decree-Law 32/2021, of December 28, that with the reformulation of art. 11 of the Workers' Statute become, formally, only one (training contract), although attending to a double regulation: on the one hand, the alternating training contract, which replaces the previous contract for training and apprenticeship; and on the other hand, the training contract to obtain professional practice appropriate to the level of studies, which replaces the previous training contract.