El RD-ley 1/2021 introduce el concepto de “consumidor vulnerable” en el art. 3.2 TRLGDCU. En este trabajo se explica la definición de “consumidor vulnerable”, relacionándolo con el concepto de “consumidor” del art. 3.1 TRLGDCU, y se exponen las distintas concepciones del consumidor vulnerable que en realidad se recogen en el TRLGDCU.