El Tribunal de Justicia rechaza el argumento del Defensor del Pueblo polaco, parte en el procedimiento, según el cual el juez del Tribunal Supremo que ha planteado la remisión prejudicial al Tribunal de Justicia no está facultado para plantear cuestiones prejudiciales debido a los vicios de que adoleció su propio nombramiento, que ponen en tela de juicio su propia independencia e imparcialidad.