E. Regan
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al concluir que la Comisión no era competente para examinar, a la luz del Derecho en materia de ayudas de Estado, la indemnización abonada a unos inversores suecos por Rumanía para ejecutar un laudo arbitral. Si bien dicho laudo había estimado la alegación de esos inversores de que dicho Estado miembro había derogado de forma ilícita un régimen de incentivos fiscales antes de su adhesión a la Unión, la medida de ayuda detectada por la Comisión fue concedida después de dicha adhesión