Almudena Carrión Vidal
El matrimonio puede ir acompañado de una promesa previa de contraerlo a la que se refieren los artículos 42 y 43 del Código Civil, promesa cada vez es menos habitual en la práctica dados los tiempos que corren si bien, a pesar de ello existe numerosa jurisprudencia sobre la materia , por lo que parece que no podría hablarse de una figura obsoleta, sino únicamente menos utilizada. Incluso, existen autores que hablan de un cierto renacimiento de aquella, insertada ahora en el marco de una vida en común ya iniciada como unión de hecho, bajo promesa de celebrar un futuro matrimonio
Marriage can be accompanied by a previous promise to contract it referred to in articles 42 and 43 of the Civil Code, a promise that is less and less usual in practice given the times that run although, in spite of it there is numerous jurisprudence on the matter, so that it seems that it could not be spoken of an obsolete figure, but only less used. There are even authors who speak of a certain renaissance of the former, now inserted in the framework of a life in common already initiated as a de facto union, under promise of celebrating a future marriage.