El Tribunal de Justicia precisa las condiciones en las que las víctimas de una práctica contraria a la competencia de una sociedad sancionada por la Comisión pueden exigir, en el marco de acciones de resarcimiento por daños y perjuicios ejercitadas ante órganos jurisdiccionales nacionales, la responsabilidad civil de las sociedades filiales de la sociedad sancionada que no son destinatarias de la decisión de la Comisión.