Se aborda la delimitación objetiva y subjetiva de los hechos probados en la sentencia penal que se construyen tras la práctica de la prueba en juicio oral y que viene a conformar el marco fáctico que delimita y petrifica en lo sustancial los hechos sobre los que debe realizarse el juicio de subsunción o de tipicidad penal; y las consecuencias que derivan de su falta de inclusión, no siendo ni válida ni admisible la introducción de datos fácticos determinantes de la tipicidad en la fundamentación jurídica de la sentencia en perjuicio del acusado.