Martín María Razquin Lizarraga
Este trabajo muestra cómo las medidas de compliance hunden sus raíces en los principios que rigen la contratación pública aLs Directivas europeas sobre contratación pública contemplan causas de exclusión de la participación en las licitaciones públicas por conductas contrarias a la legalidad y a la ética. Estas exclusiones pueden ser excepcionadas por la adopción de medidas previas voluntarias de compliance. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya ha dictado sentencias sobre causas de exclusión y self-cleaning. También se proponen medidas de compliance que puedan adoptar las empresas y las Administraciones Públicas en la contratación pública.
This paper shows how cotnplíance measures are rooted in the principies of public procurement. The European Directives on public procurement contemplate exclusion grounds from participation in public tenders for misbehaviours on legality and ethics. These exclusions may be excepted by the adoption of prior voluntary compliance measures. The Court of Justice of the European Union has already issued judgments about exclusion grounds and self-cleaning. Compliance measures that companies and Public Administrations may adopt in public procurement are also proposed.