El primer senado del Tribunal Constitucional alemán (BVerfG), en su Sentencia de 8 de julio de 2021 (1 BvR 2237/14, 1 BvR 2422/17) ha decido que el artículo 233a de la Ordenanza Tributaria alemana (AO), en conexión con el artículo 238.1, cláusula primera, de la AO, es contrario al art. 3.1 de la Constitución o Ley Fundamental alemana, en la medida en que el cálculo de intereses para los períodos que se inicien a partir del 1 de enero de 2014 se realiza aplicando un tipo del 0,5% mensual. El interés de demora tributario del 0,5% mensual exigible después de un período de carencia sin intereses de quince meses determina una desigualdad de trato entre contribuyentes, según el impuesto sea liquidado antes o después de que expire el período de carencia. Una forma de conseguir el propósito de la ley, provocando una menor desigualdad, sería exigir íntegramente los intereses de demora a tipo más bajo. La incompatibilidad del interés previsto en el art. 233a AO con la Ley Fundamental también se extiende al interés de reembolso a favor del contribuyente. La ley anterior seguirá aplicándose para los períodos de interés hasta 2018 inclusive. Por el contrario, las disposiciones son inaplicables para los períodos de interés que comiencen en 2019. El legislador está obligado a aprobar una nueva regulación adecuada a la Constitución antes del 31 de julio de 2022