Jorge Erazo Robles
Este trabajo examina el punto de conexión de la ley que rige el crédito cedido previsto en la propuesta de Reglamento relativo a la ley aplicable a los efectos frente a terceros de la cesión de créditos («Propuesta»). La Propuesta adopta un sistema de conflictos de leyes uniformes bajo el esquema de reglaexcepción.
La regla general es la ley del país de la residencia habitual del cedente y su excepción es la ley que rige el crédito cedido siguiendo el ejemplo de otras codificaciones modernas. En la primera parte examinaremos su origen y varios aspectos de la aplicabilidad de la ley de la deuda para los efectos frente a terceros. Posteriormente analizaremos la interacción del esquema regla-excepción, la coherencia de sus soluciones y los métodos para identificar la ley aplicable. Finalmente, concluimos que los costes y beneficios del marco regulatorio son positivos, aunque se sugieren algunas reflexiones.