Enrique Lillo Pérez
Las citadas sentencias dictadas en pro-cedimiento de oficio a instancias de la Ins-pección de Trabajo y Seguridad Social de conformidad con los arts. 148, 149 y 150 de la LRJS, son consecuencia de la ac-tuación de la Inspección de Trabajo contra empresas o entidades que incumplen la legislación laboral y de seguridad social, puesto que en vez de dar de alta a sus verdaderos y auténticos empleados en el régimen general de Seguridad Social y aplicarles el Estatuto de los Trabajadores, huyen ilícitamente de estas normativas y buscando el ahorro económico de cuotas de régimen general y eludiendo las res-ponsabilidades empresariales en materia de despidos individuales o colectivos, ER-TES, accidentes de trabajo y protección por desempleo, crean la apariencia de que estos empleados son autónomos. (...).