Durante las últimas décadas del pasado siglo XX se pensaba que las grandes epidemias habían desaparecido del mundo occidental. La llegada de la Covid-19 demuestra que esta idea es completamente falsa.
Sobre esta premisa, este artículo analiza la normativa española de crisis que se ha utilizado para hacer frente a esta letal pandemia, para llegar a la conclusión de que la misma plantea importantes problemas jurídicos, que se han puesto todavía más de manifiesto con la Sentencia de nuestro Tribunal Constitucional núm. 148/2021, de 14 de julio.
Ante esta situación, el autor presenta diversas sugerencias para la reordenación del derecho de crisis español en general, y para la mejora de la normativa específica para la lucha contra las grandes epidemias que puedan llegar en un futuro más o menos próximo. En esta última dirección, este trabajo plantea la creación tanto de un estado constitucional de pandemia como de una autoridad administrativa independiente de los vaivenes gubernamentales para la gestión de las crisis más extremas y, en particular, para hacer frente a las grandes crisis de salud pública.