Ir al contenido

La Administración tributaria no precisa probar la existencia de ánimo defraudatorio para aplicar la presunción del artículo 1 del Reglamento del IRPF: Análisis de la RTEAC de 22 de abril de 2021, RG 2016/2020


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2024 INAP - Todos los derechos reservados