Ana Rodríguez Álvarez
El presente estudio tiene como objetivo ofrecer una primera y sucinta aproximación crítica a los puntos clave de la reciente reforma del artículo 416 LECrim, relativo a la dispensa del deber de declarar, operada por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Las novedades en materia de dispensa se concretan en la introducción de cinco excepciones al ejercicio de este derecho.