El objetivo de la Carta no es el de elaborar un proyecto de norma jurídica, sino el de redactar un documento que pueda servir de referencia para una futura norma que regule los derechos digitales, partiendo de la base de que en principio sería muy conveniente una reforma expresa de la Constitución Española de 1978, aunque es verdad que actualmente los derechos fundamentales también se encuentran protegidos en el entorno digital.