Stephen G. Breyer
En esta conferencia el juez Breyer, de la Corte Suprema de Estados Unidos, examina tres objeciones tradicionales a la potestad que tienen los jueces norteamericanos de revisar la constitucionalidad de las leyes. Según la primera de estas objeciones, permitir a los jueces invalidar leyes dictadas por los representantes es antidemocrático, por cuanto la opinión de los jueces, funcionarios no elegidos, valdrá más, entonces, que la de los representantes. En segundo lugar, se objeta el carácter subjetivo de dicho proceso de toma de decisiones judiciales, dado que los jueces decidirán los casos conforme a sus ideas sobre cómo debe interpretarse la Constitución. Y, en tercer lugar, se objeta que es poco operativo, ya que las decisiones de la Corte Suprema deberán ser aplicadas a innumerables casos por innumerables funcionarios en circunstancias imposibles de prever. El juez Breyer sostiene que aun cuando esas críticas no pueden ser refutadas, su importancia puede ser restringida. El argumento central de este artículo, en consecuencia, está dirigido, más que a ofrecer tal refutación, a evaluar en qué medida esas objeciones justificarían una posición contraria o favorable a la institución de la revisión judicial de constitucionalidad.