La aprobación del Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos parece completar el marco normativo iniciado en 2015 con las Leyes 39 y 40 de 2015, si bien, al igual que éstas ha dejado un sabor agridulce por el carácter limitado de su contenido y su mirada con luces cortas sobre la transformación digital de las administraciones públicas. El contexto actual, marcado por la transición digital y el protagonismo de ésta en los conocidos como Fondos europeos Next Generation EU, nos obliga a reforzar las capacidades interpretativas del nuevo Reglamento para utilizar las escasas luces largas que recoge en el mismo, como el principio de proactividad y personalización de los servicios públicos