Bilbao, España
0. MARCO DE APROXIMACIÓN.
Pretendemos presentar ciertos criterios de aplicación del Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, respecto a las horas extraordinarias y su prueba en el proceso laboral.
Partimos de unos datos preocupantes. Según el Instituto Nacional de Estadística en el cuarto trimestre de 2019 se realizaron 6005600 de horas extraordinarias por semana. De ellas figuran como no pagadas: 2520700. En este periodo el número de parados en España era de 3191900.
Esta es una realidad que nos oferta una pequeña dimensión de la transcendencia de las horas extraordinarias en la esfera macro-laboral y en la micro-particular de cada trabajador. Tiempo de trabajo versus ocio; tiempo remunerado versus gratuito; competencia leal versus desleal; paro versus excesos de jornadas.
En contra de quienes creen que la jornada de trabajo o las horas extras son un problema de producción y que atañe a la empresa exclusivamente, como diseñadora de la actividad, intentaremos dotarle al tema de un nuevo significado que sea comprensivo de la reforma del control de la jornada de trabajo que se ha operado en nuestro ordenamiento.