Joan Agustí Maragall
El artículo analiza y valora la reciente TSX de Galicia de 14.4.21 (supl.160 /2021) que ha declarado la nulidad de un despido de un trabajador, despido que se produce de forma inmediata a ser visitado por el empresario en el hospital, al apreciar discriminación por “apariencia de discapacidad”, aun cuando la incapacidad temporal duró unos pocos días.
El novedoso concepto de discriminación por apariencia de discapacidad, y el razonamiento que la fundamenta, puede suponer una ampliación del ámbito de la tutela anti-discriminatoria, extensible a otras causas de discriminación. Y, ya en relación a los despidos por causa o en situación de incapacidad temporal, puede coadyuvar a clarificar la interpretación y aplicación de los dos parámetros indiciarios aportados por la STJUE.
ÍNDICE.
1. Objeto de estas líneas.
2. Los hechos declarados probados 3. La sentencia de instancia.
4. La sentencia de suplicación.
5. La ampliación del ámbito de la tutela judicial en materia de discriminación por discapacidad.
6. Efecto indirecto de la sentencia: clarificación en la interpretación y aplicación de la doctrina “Daouidi”.
7. Reflexión final.