Madrid, España
La primera decisión de la Comisión en la que sancionó a empresas farmacéuticas por llevar a cabo acuerdos «pay for delay» ocurrió en el 2013 (asunto Lundbeck). El recurso que éstas plantearon contra la misma ante el Tribunal General resultó en el primer pronunciamiento de dicho tribunal sobre un acuerdo «pay for delay» en el sector farmacéutico. Desde entonces, tanto la Comisión como algunas autoridades nacionales han sancionado más acuerdos de este tipo. Este estudio examina cómo la Comisión y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aplican los arts. 101 (sobre prácticas colusorias) y 102 (sobre el abuso de posición dominante) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dos pilares fundamentales en el derecho europeo de la competencia, a estos acuerdos
In 2013, the Commission handed down its first decision in which it sanctioned economic operators in the pharmaceutical sector for concluding «pay for delay» agreements (the Lundbeck decision). The action for annulment before the General Court resulted in the first time it ruled on pharmaceutical «pay for delay» agreements. Since then, the Commission as well as various national competition authorities have sanctioned more agreements of this kind. This article examines how the Commission and the Court of Justice of the European Union apply articles 101 (on collusive practices) and 102 (on abuse of dominance) of the Treaty on the Functioning of the European Union, two fundamental pilars of EU competition law, to these agreements