El RDL 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados del Covid-19, dispuso, entre otras medidas, la denominada «prohibición de despedir» recogida en su artículo 2. Tras analizar su impacto en las distintas modalidades contractuales, el presente artículo se centra en una de las cuestiones más polémicas que ha deparado su aplicación: la calificación que merecen los despidos producidos desconociendo esta previsión legal.