Jesús Rodríguez Hernández
El BOE del pasado veintisiete de enero traía en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto Ley 2/2012, la prórroga de vigencia del denominado Plan Mecuida. Dicha prórroga, impuesta por los incontestables datos derivados del imparable avance la Tercera Ola de la Pandemia que sufrimos actualmente, supone un salto cualitativo en lo que se refiere a la trascendencia práctica de esta norma que va a proyectar sus efectos durante más de catorce meses, con el indudable calado social que ello conlleva. Esta circunstancia impone un análisis riguroso de la misma.