La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 11 de noviembre de 2020 (Sec. 2ª, rec. casación 820/2018, ponente D.ª María de la Esperanza Cordoba Castroverde), se pronuncia sobre los requisitos necesarios para que los ingresos obtenidos por un Abogado, en el ejercicio de su profesión, en un período de generación superior a dos años, gocen de la reducción prevista en el art. 32.1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).