Temuco, Chile
Resumen En octubre del año 2014, entró en vigor en Chile, la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, que renueva el antiguo sistema de quiebras, creando el nuevo procedimiento concursal de liquidación voluntaria. Por ello, es necesario para dar curso a dicha solicitud, la necesidad de indicar un listado de bienes por parte de la empresa deudora para el pago a sus acreedores. La discusión jurisprudencial se genera cuando dicha empresa, no tiene bienes para entregar al proceso, lo que quedará a la decisión del juez aceptar o rechazar la solicitud de liquidación voluntaria, teniendo en cuenta lo indicado por el legislador en la Ley n.º 20720.
Abstract In October 2014, the Insolvency and Re-Entrepreneurship Law came into force in our country, which renews the old bankruptcy system, creating the new bankruptcy procedure for voluntary liquidation. Therefore, it is necessary to process said request, the need to indicate a list of goods by the debtor company for payment to its creditors. However, the jurisprudential discussion is generated when said company has no assets to hand over to the process, which will be up to the judge’s decision to accept or reject the request for voluntary liquidation, taking into account what is expressly indicated by the legislator in Law No. 20,720.